Calculadora de Semanas Cotizadas

Suma todos tus periodos de trabajo para calcular tus semanas cotizadas al IMSS. Verifica si cumples el mínimo para pensionarte.

Empleo 1
3102 días = 443 semanas
Empleo 2
1767 días = 252 semanas
Por cotizaciones en Modalidad 40 u otros regímenes
Total semanas cotizadas IMSS
695 semanas
Años cotizados13.4 años
Días totales4,869
Periodos2
Requisitos de pensión:
Pensión Ley 73 (vejez)✓ (500 sem)
Modalidad 40 elegible✓ (52 sem)
Pensión Ley 97 (actual 2024)✗ (faltan 55 sem)
Pensión Ley 97 (desde 2031)✗ (faltan 305 sem)
Retiro anticipado Ley 97 (60 años)✗ (faltan 55 sem)

Cómo usar esta calculadora

Agrega cada periodo de empleo con su fecha de entrada y salida. Puedes añadir todos los trabajos que hayas tenido, incluyendo los actuales. La calculadora suma los días de cada periodo y los convierte en semanas IMSS.

Requisitos mínimos de semanas para pensión

Tipo de pensión Semanas mínimas Años equivalentes Edad mínima
Cesantía / Vejez Ley 73 500 9.6 años 60 / 65
Retiro / Vejez Ley 97 (2024) 750 14.4 años 60 / 65
Retiro / Vejez Ley 97 (2025) 800 15.4 años 60 / 65
Retiro / Vejez Ley 97 (2031) 1,000 19.2 años 60 / 65
Invalidez / Incapacidad permanente 250 4.8 años

Ejemplo práctico

Carlos trabajó en tres empresas distintas

Empresa A (2005-2012)7 años = 364 semanas
Empresa B (2013-2017)4 años = 208 semanas
Empresa C (2019-2024)5 años = 260 semanas
Total832 semanas (16 años)

Carlos cumple los 750 semanas mínimas para pensión Ley 97 en 2024. Si quiere esperar hasta 2031 cuando el requisito sea 1,000 semanas, ya las tendrá cubiertas.

Preguntas frecuentes

Entra a mi.imss.gob.mx con tu CURP y NSS. También puedes consultar en la app IMSS Digital, en el portal de tu Afore (e-sar.com.mx) o presencialmente en cualquier Subdelegación del IMSS con una identificación oficial.
Depende de tu régimen. Ley 73: 500 semanas mínimo. Ley 97: 750 semanas en 2024, aumentando 50 por año hasta 1,000 semanas en 2031. Además necesitas 60 años (cesantía) o 65 (vejez).
No. Las semanas para efectos de pensión nunca caducan. Pueden acumularse durante toda tu vida laboral. Lo que sí puede caducar son los derechos a atención médica si llevas más de 8 semanas sin cotizar.
Si cotizabas simultáneamente en dos o más patrones, el IMSS solo cuenta una semana por semana calendario, no se duplica. Sin embargo, sí se suman las aportaciones monetarias de ambos patrones, lo que eleva tu saldo de retiro.
Sí. Puedes presentar una queja ante el IMSS con pruebas de tu relación laboral. También puedes demandar al patrón ante la Junta de Conciliación. El IMSS puede obliga al patrón a cubrir las cuotas omitidas más recargos y multas.

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