Calculadora ISR Anual

Simula tu declaración anual: calcula si tienes saldo a favor del SAT o ISR adicional a pagar.

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Total de ingresos del ejercicio fiscal
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Gastos médicos, colegiaturas, donativos, etc.
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ISR retenido por tu empleador durante el año
ISR a pagar
$1,112
ISR del ejercicio$29,112
Retenciones$28,000
Tasa marginal21.4%
Tasa efectiva12.1%
Ingresos anuales$240,000
Deducciones personales- $10,000
Base gravable anual$230,000
ISR del ejercicio$29,112
Retenciones acumuladas- $28,000
ISR a cargo (pagar)$1,112

Cómo usar esta calculadora

Ingresa tus ingresos anuales acumulados, las deducciones personales autorizadas y el total de retenciones de ISR que te efectuó tu empleador. La calculadora aplica la tabla anual del artículo 152 de la LISR para determinar si tienes saldo a favor o ISR a cargo.

La fórmula

Base gravable = Ingresos anuales − Deducciones personales ISR del ejercicio = Cuota fija + (Base − Límite inferior) × Tasa marginal Resultado = ISR del ejercicio − Retenciones acumuladas → Si positivo: ISR a pagar → Si negativo: Saldo a favor (devolución)

La tabla anual tiene 11 tramos con tasas del 1.92% al 35%. La tasa marginal aplica solo al excedente sobre el límite inferior del tramo correspondiente.

Ejemplo práctico

Asalariado con ingreso anual de $240,000

Ingresos anuales$240,000
Deducciones personales− $15,000
Base gravable$225,000
ISR del ejercicio$40,218
Retenciones del empleador− $38,000
ISR a pagar$2,218

Preguntas frecuentes

Están obligados los trabajadores que obtuvieron ingresos anuales superiores a $400,000, quienes prestaron servicios a dos o más empleadores, los que recibieron ingresos por honorarios, arrendamiento u otras actividades, y los trabajadores que dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre.
La declaración anual de personas físicas se presenta en abril del año siguiente al ejercicio fiscal. Por ejemplo, la declaración del año 2024 se presenta en abril de 2025. El SAT puede ampliar el plazo en casos especiales.
Si tu declaración arroja saldo a favor, puedes solicitar la devolución directamente en el portal del SAT (sat.gob.mx) al presentar tu declaración anual. El SAT procesa las devoluciones en aproximadamente 40 días hábiles si la información es correcta.
Puedes deducir gastos médicos, dentales y hospitalarios, colegiaturas con límites por nivel educativo, donativos autorizados, intereses reales de crédito hipotecario, aportaciones voluntarias al AFORE y primas de seguros de gastos médicos. El límite es el menor entre 5 UMAs anuales o 15% de tus ingresos.

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